Buenas tardes, alguien me podria guiar para poder compatibilizar registros sismicos?
La norma Boliviana de diseño sismico presenta este apartado para poder compatibilizar registros sismicos: "Los registros de cada componente de aceleración del suelo deben ser compatibilizados dentro del rango de periodos 0.8 · T_inferior y 1.2 · T_superior.
T_superior, es el mayor periodo fundamental de vibración de las dos direcciones ortogonales, el modelo matemático usado para calcular, T_superior, no debe incluir la torsión accidental, pero sí los efectos P-Delta. En este rango de periodos y en cada dirección de respuesta, el promedio de las ordenadas de pseudoaceleración para 5 % de amortiguamiento calculadas usando los registros de aceleración compatibilizados, no debe exceder ni ser menor al espectro de respuesta por más del 10 %." Mi duda viene en la parte del texto subrayado en negrita, no logro entender con claridad, por favor si serian muy amables de poder explicarme.
Les agradezco de antemano.
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Compatibilizacion de registros sismicos
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