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CRITERIO PARA CALCULO DE VOL. ALMACENAMIENTO CISTERNA
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amigos de construaprende reciban un cordial saludo,recurro a ustedes nuevamente espero puedan ayudarme necesito información sobre estructuras de almacenamiento (cisternas),criterio de diseño ,para un proyecto de saneamiento rural les comento el volumen de almacenamiento del reservorio es 400 m3 ,necesito calcular el vol. de mi cisterna ..gracias de antemano
A MODO DE COLABORAR ENCONTRÉ EN LA NORMA PERUANA 0S. 030 (ALMACENAMIENTO DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO) LO SGT:
4. VOLUMEN DE ALMACENAMIENTO
El volumen total de almacenamiento estará conformado por el volumen de regulación, volumen contra incendio y volumen de reserva.
4.1. Volumen de Regulación
El volumen de regulación será calculado con el diagrama masa correspondiente a las variaciones horarias de la demanda.
Cuando se comprueba la no disponibilidad de esta información, se deberá adoptar como mínimo el 25% del promedio anual de la demanda como capacidad de regulación, siempre que el suministro de la fuente de abastecimiento sea calculado para 24 horas de funcionamiento.
En caso contrario deberá ser determinado en función al horario del suministro.
4.2. Volumen Contra Incendio
En los casos que se considere demanda contra incendio, deberá asignarse un volumen mínimo adicional de acuerdo al siguiente criterio:
- 50 m3 para áreas destinadas netamente a vivienda.
- Para áreas destinadas a uso comercial o industrial deberá calcularse utilizando el gráfico para agua contra incendio de sólidos del anexo 1, considerando un volumen aparente de incendio de 3000 metros cúbicos y e lcoeficiente de apilamiento respectivo.
Independientemente de este volumen los locales especiales (Comerciales, Industriales y otros) deberán tener su propio volumen de almacenamiento de agua contra incendio.
4. VOLUMEN DE ALMACENAMIENTO
El volumen total de almacenamiento estará conformado por el volumen de regulación, volumen contra incendio y volumen de reserva.
4.1. Volumen de Regulación
El volumen de regulación será calculado con el diagrama masa correspondiente a las variaciones horarias de la demanda.
Cuando se comprueba la no disponibilidad de esta información, se deberá adoptar como mínimo el 25% del promedio anual de la demanda como capacidad de regulación, siempre que el suministro de la fuente de abastecimiento sea calculado para 24 horas de funcionamiento.
En caso contrario deberá ser determinado en función al horario del suministro.
4.2. Volumen Contra Incendio
En los casos que se considere demanda contra incendio, deberá asignarse un volumen mínimo adicional de acuerdo al siguiente criterio:
- 50 m3 para áreas destinadas netamente a vivienda.
- Para áreas destinadas a uso comercial o industrial deberá calcularse utilizando el gráfico para agua contra incendio de sólidos del anexo 1, considerando un volumen aparente de incendio de 3000 metros cúbicos y e lcoeficiente de apilamiento respectivo.
Independientemente de este volumen los locales especiales (Comerciales, Industriales y otros) deberán tener su propio volumen de almacenamiento de agua contra incendio.
EN CUANTO AL VOLUMEN DE LA CISTERNA SE DEBERA TENER EN CUENTA LO SGT:
4. ESTACION DE BOMBEO
Las estaciones deberán planificarse en función del período de diseño.
El caudal de los equipos deberá satisfacer como mínimo la demanda máxima diaria de la zona de influencia del reservorio. En caso de bombeo discontinuo, dicho caudal deberá incrementarse en función del número de horas de bombeo diario.
La estación de bombeo, podrá contar o no con reservorio de succión. Cuando exista este, se deberá permitir que la succión, se efectué preferentemente con carga positiva. El ingreso de agua se ubicará en el lado opuesto a la succión para evitar la incorporación de aire a la línea de impulsión y el nivel de sumergencia de la línea de succión no debe permitir la formación de vórtices.
Cuando el nivel de ruido previsto supere los valores máximos permitidos y/o cause molestias al vecindario,deberá contemplarse soluciones adecuadas.
La sala de máquinas deberá contar con sistema de drenaje.
Cuando sea necesario, se deberá considerar una ventilación forzada de 10 renovaciones por hora, como mínimo.
4. ESTACION DE BOMBEO
Las estaciones deberán planificarse en función del período de diseño.
El caudal de los equipos deberá satisfacer como mínimo la demanda máxima diaria de la zona de influencia del reservorio. En caso de bombeo discontinuo, dicho caudal deberá incrementarse en función del número de horas de bombeo diario.
La estación de bombeo, podrá contar o no con reservorio de succión. Cuando exista este, se deberá permitir que la succión, se efectué preferentemente con carga positiva. El ingreso de agua se ubicará en el lado opuesto a la succión para evitar la incorporación de aire a la línea de impulsión y el nivel de sumergencia de la línea de succión no debe permitir la formación de vórtices.
Cuando el nivel de ruido previsto supere los valores máximos permitidos y/o cause molestias al vecindario,deberá contemplarse soluciones adecuadas.
La sala de máquinas deberá contar con sistema de drenaje.
Cuando sea necesario, se deberá considerar una ventilación forzada de 10 renovaciones por hora, como mínimo.
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